Villa Gesell: la directora de comercio aclaró cómo se componen las tasas municipales para la actividad comercial

La directora de Comercio, Natalia Megías, explicó cómo está conformada la carga tributaria municipal que deben afrontar los comercios de Villa Gesell y aclaró que muchos de los costos que habitualmente se atribuyen al Municipio corresponden, en realidad, a impuestos, servicios o requisitos establecidos por otros organismos.
Región22/07/2026

8fe14622-73bc-4536-a61b-cdf122b4f889Megías indicó que la habilitación comercial se abona por única vez al momento de iniciar la actividad y que su valor depende de distintos factores, como la superficie del local, la zona y el rubro. A modo de ejemplo, señaló que un comercio de rubro general de aproximadamente 40 metros cuadrados puede afrontar una habilitación cercana a los 600 mil pesos.

Una vez obtenida la habilitación, en los años siguientes el comerciante ya no vuelve a pagar ese concepto, sino únicamente la renovación o reempadronamiento, cuyo valor ronda actualmente los 32 mil pesos anuales, de acuerdo con el valor del módulo establecido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva.

Asimismo, aclaró que lo que comúnmente se conoce como “tasa comercial” corresponde en realidad a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (T.I.S.H.), integrada por los distintos conceptos previstos en la normativa municipal.

También destacó que existen gastos que no percibe la Municipalidad, como el sellado del contrato de alquiler, el certificado correspondiente a la legislación provincial y otros requisitos necesarios para obtener la habilitación, además de impuestos provinciales y nacionales, Ingresos Brutos, servicios públicos y demás costos propios de la actividad comercial.

Como ejemplo concreto, Megías informó que un comercio de indumentaria ubicado sobre la Avenida 3 abona anualmente un ABL de 185.099,80 pesos (15.424,98 pesos mensuales) y una Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene de 229.680 pesos (19.140 pesos mensuales). Además, recordó que existen beneficios para aquellos comercios que mantienen sus establecimientos abiertos durante todo el año o, como mínimo, los fines de semana, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por la normativa vigente. A ello se suma un 10 % de descuento por pago en término.

Finalmente, sostuvo que el debate sobre la presión tributaria que enfrentan los comercios debe contemplar la totalidad de los impuestos y costos que recaen sobre la actividad, ya que la carga municipal representa solo una parte de las obligaciones económicas que debe afrontar un comerciante.

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